por el cual se suprime una oficina y se crean otras en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Cota, servida por un Telegrafista Administrador de Correos y un Cartero, con las asignaciones mensuales de $20 y $2, respectivamente.
Artículo 2.° Suprímese la Oficina Postal y Telegráfica de Marroquín, y créase la de El Morro, con el mismo personal y asignaciones mensuales que hoy tiene la que se suprime.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 13 de julio de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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