Por el cual se suprimen unos cargos, se crea el cargo de Director de la Revista Bolívar y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 45 del Decreto legislativo número 289 de 1950,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del primero de abril del presente año, suprímense los cargos de Mecanotaquígrafa-Oficial de Correspondencia del Despacho del Ministro de Educación Nacional y Director "Revista de Las Indias".
Artículo 2° A partir del primero de abril de año en curso, créase la Revista "Bolívar" como Órgano Oficial del Ministerio de Educación Nacional, la cual funcionará como dependencia directa del Despacho del Ministro y con un Director con asignación mensual de $ 800.00.
Artículo 3° La Biblioteca de Cultura Popular Colombiana quedará bajo la dependencia inmediata del Director de la Revista "Bolívar" creada por este Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de abril de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera.
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