Por el cual se traslada una partida en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1927-05-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

Que con fecha 11 de los corrientes el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público se dirigió al honorable Consejo de Ministros, solicitando el traslado de la suma de siete mil pesos ($ 7,000) dentro del capítulo 34 y del artículo 382 al 381 del Presupuesto vigente; y

Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del 25 del presente, aprobó la siguiente proposición:

"El Consejo de Ministros aprueba el traslado que del artículo 382 del capítulo 34, necesita hacer el señor Ministro de Hacienda y Crédito Púbico al artículo 381 del mismo capítulo, con el fin de atender a los gastos de útiles de escritorio y material para las oficinas de ese Despacho,"

decreta:

Artículo único. Trasládase dentro del capítulo 34 del Presupuesto de la actual vigencia, y del artículo 382, la suma de siete mil pesos ($ 7,000), al artículo 381, para compra de útiles de escritorio y material para las oficinas del Ministerio, por la suma de $ 7,000.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de abril de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Salvador FRANCO.

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