Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. De la partida apropiada para sostenimiento de las Escuelas Normales Departamentales en el artículo 207, capítulo 50, del Presupuesto de la vigencia en curso, distribuyese la suma de cuarenta y seis mil pesos ($ 46,000) para el .funcionamiento de la Escuela Normal de varones de Medellín, en la forma siguiente:
| Mensual. | En el año. | |
|---|---|---|
| Sueldos del personal, así: | Sueldos del personal, así: | Sueldos del personal, así: |
| Del Director, en nueve y medio meses (marzo a diciembre), a | $ 200 | 1,900 |
| Del Subdirector, en once meses (febrero a diciembre), a | 120 | 1,320 |
| Del Secretario Tesorero, en diez y medio meses (febrero a diciembre), a | 100 | 1,050 |
| De tres Profesores internos, en diez y medio meses (febrero a diciembre), a $ 100 mensuales cada uno | 300 | 3,150 |
| De dos Profesores internos, en diez meses (marzo a diciembre), a $ 100 mensuales cada uno | 200 | 2,000 |
| De dos Profesores extranjeros, en ocho meses (mayo a diciembre), a $ 200 mensuales cada uno | 400 | 3,200 |
| De ocho Profesores del curso de información, en diez meses (marzo a diciembre), a $ 20 mensuales cada uno | 160 | 1,600 |
| De. ocho Profesores de la Normal, en diez meses (marzo a diciembre), a $ 25 mensuales cada uno | 200 | 2,000 |
| De seis Profesores de la Normal, en nueve meses (abril a diciembre), a $ 25 mensuales cada uno | 150 | 1,350 |
| Del Director de la Granja Agrícola, en diez meses (marzo a diciembre), a | 100 | 1,000 |
| Del Director del curso de información, en once meses (febrero a diciembre), a | 120 | 1,320 |
| Del Director de la Escuela Anexa, en diez y medio meses (febrero a diciembre), a | 120 | 1,260 |
| Del Capellán, en diez meses (marzo a diciembre), a | 25 | 250 |
| De la Ecónoma, en once meses (febrero a diciembre), a | 50 | 550 |
| De la Despensera, en once meses (febrero a diciembre), a | 15 | 165 |
| De un Sirviente, en once meses (febrero a diciembre), a | 15 | 165 |
| De cuatro Sirvientes, en diez meses (marzo a diciembre), a $ 15 mensuales cada uno | 60 | 600 |
| De siete Sirvientes, en ocho meses (marzo a octubre), a $ 15 mensuales cada uno | 105 | 840 |
| De un Mayordomo Policía, en once meses (febrero a diciembre), a | 25 | 275 |
| De un Chofer, en once meses (febrero a diciembre), a | 30 | 330 |
| De un Mandadero Ayudante del Chofer, en diez meses (marzo a diciembre), a | 20 | 200 |
| Becas. | Becas. | Becas. |
| Becas de veinticinco alumnos del curso de información, en diez meses (marzo a diciembre), a $ 20 mensuales cada uno | 5,000 | 5,000 |
| Pensiones alimenticias. | Pensiones alimenticias. | Pensiones alimenticias. |
| De cien alumnos, en ocho meses (marzo a octubre), a $ 13 mensuales cada uno | 10,400 | 10,400 |
| De cinco empleados, en once meses (febrero a diciembre), a $ 13 mensuales cada uno | 715 | 715 |
| De siete empleados, en diez meses (marzo a diciembre), a $ 13 mensuales cada uno | 910 | 910 |
| De cinco empleados, en once meses (febrero a diciembre), a $ 12 mensuales cada uno | 660 | 660 |
| De cinco empleados, en diez meses, (marzo a diciembre), a $ 12 mensuales cada uno | 600 | 600 |
| De siete empleados, en ocho meses (marzo a octubre), a $ 12 mensuales cada uno | 672 | 672 |
| Otros gastos. | Otros gastos. | Otros gastos. |
| Para alumbrado, agua, teléfono, compra y reparación de los muebles, para el sostenimiento de la Granja Agrícola, alimentación de los animales, elementos para los laboratorios de física, química, psicología experimental, para los útiles de escritorio, adquisición y reparación del automóvil, gasolina, aceite, etc., como también para los gastos imprevistos | 2,518 | 2,518 |
| Suma | $ 46,000 | $ 46,000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Fusagasugá a 7 de abril de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educación Nacional,
Julio CARR1ZOSA V.
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