Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1885 a 1886

Rango Decreto
Publicación 1885-11-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En uso de las facultades extraordinarias de que está investido, y

CONSIDERANDO:

3.° Que en ni Presupuesto votado para la vigencia económica de 1895 a 1866, para el Departamento de la Instrucción pública, nacional, no se incluyó partida alguna para recibir el crédito que la República adeuda a la mencionada Casa Hachette & C.a,

DECRETA:

Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1885 a 1886 un crédito extraordinario por la cantidad de ocho mil pesos ($ 8,000) aplicable en esta forma:

departamento de instrucción pública.

Capítulo 11.

Instrucción primaria de los Estados y Territorios.

Para pagar a los señores Hacbette & Ca. de París el valor de lo que se les adeuda, por útiles de enseñanza que suministraron para el servicio de las Escuelas Normales de los Estados y Territorios $ 8.000

Publíquese.

Dado en Bogotá, a 24 de Octubre de 1885.

RAFAEL NUÑEZ

El Secretario de Instrucción pública,

Henrique ALVAREZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.