Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1885 a 1886
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En uso de las facultades extraordinarias de que está investido, y
CONSIDERANDO:
- 1. ° Que según la nota dirigí a la Secretaría de Instrucción pública nacional, por el Cónsul de la Unión en París, de fecha 8 de Septiembre último, aparece que el Tesoro federal adeuda aún a la Casa de los señores Hachette & Ca de París, la cantidad de ocho mil pesos ($ 8,000), procedente de útiles de enseñanza comprados a dicha Casa, para el servicio de las Escuelas oficiales de la República;
- 2. ° Que 1os mencionados útiles fueron pedidos en las anteriores Administraciones ejecutiva y distribuidas en las Direcciones de Instrucción pública de los Estados, bajo la garantía de ser cubiertos por cuotas mensuales, lo oral no se ha verificado todavía por las circunstancias excepcionales del Erario Federal; y
3.° Que en ni Presupuesto votado para la vigencia económica de 1895 a 1866, para el Departamento de la Instrucción pública, nacional, no se incluyó partida alguna para recibir el crédito que la República adeuda a la mencionada Casa Hachette & C.a,
DECRETA:
Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1885 a 1886 un crédito extraordinario por la cantidad de ocho mil pesos ($ 8,000) aplicable en esta forma:
departamento de instrucción pública.
Capítulo 11.
Instrucción primaria de los Estados y Territorios.
| Para pagar a los señores Hacbette & Ca. de París el valor de lo que se les adeuda, por útiles de enseñanza que suministraron para el servicio de las Escuelas Normales de los Estados y Territorios | $ | 8.000 |
|---|---|---|
Publíquese.
Dado en Bogotá, a 24 de Octubre de 1885.
RAFAEL NUÑEZ
El Secretario de Instrucción pública,
Henrique ALVAREZ
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