Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Minas y Petróleos), por $ 784.800.00
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1a de 1963 decretó un aumento en las asignaciones de los funcionarios públicos, y facultó al Gobierno Nacional para abrir los créditos y hacer los traslados presupuéstales necesarios para dar cumplimiento a la misma;
Que el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 92 y 1° de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 5 de 1963; por la cantidad de $ 784.800.00, a fin de amparar las traslaciones propuestas por el Ministerio de Minas y Petróleos en su presupuesto de funcionamiento;
Que el Consejo de Ministros ha impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y
Que se han observado las normas legales requeridas para la tramitación de esta clase de traslados,
DECRETA
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1963.
AQUÍ PDF DIARIO 31064 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 6.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. E., a 4 de abril de 1963.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Sanz de Santamaría.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.