Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-03-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Obras Públicas).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 1° de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

Ministerio de Obras Públicas

CAPITULO 109
Del artículo 1617. Para atender a los gastos que demande la administración y explotación del Puerto Terminal de Barranquilla, en el año $ 40.000.00
CAPITULO 110 Al artículo 1625. Para adquisición de trasbordadores y gastos de administración, explotación y sostenimiento de los mismos, en el año $ 40.000.00
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de marzo de 1950.

MARIANO OSPINA PÉREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

SE MODIFICA UN ARTICULO

El Ministro de Obras Públicas,

Víctor ARCHILABRICEÑO

Digitó: CC1.014.234.605

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