por el cual se crean algunos cargos y se fijan las respectivas asignaciones mensuales, en la Escuela de Trabajo "Antonio Ricaurte"

Rango Decreto
Publicación 1958-05-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto legislativo número 381 de diciembre de 1957,

DECRETA:

Artículo único. A partir del primero (1°) de abril de 1958, créanse los siguientes cargos en la Escuela de Trabajo Antonio Ricaurte, los cuales tendrán las asignaciones mensuales que en cada caso se indican:
1 Profesor de Educación Física $ 368.000 00
1 Maestro de Escuela Primaria 368.000 00
1 Maestro de Artesanía para Tipografía 550.000 00
1 Peluquero 300.000 00

Parágrafo. Los gastos que demande el cumplimiento de presenté Decretó se atenderán con cargo al Capítulo 084, articulo Ó885 del presupuesto vigente del Ministerio de Justicia.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 25 de abril de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la junta.

Mayor General Deogracias Fonseca. -Vicealmirante Rubén Piedrahita A. -Brigadier General RafaelNavas Pardo. - Brigadier General Luis E. Ordoñez.

El Ministro de justicia,

José María Villarreal.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús María Marulanda.

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