Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Fomento), por $ 1.210.713.00
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que las Leyes 48 de 1962, y 1a de 1963, decretaron un aumento en las asignaciones de los funcionarios públicos, y facultaron al Gobierno Nacional para abrir los créditos y hacer las traslaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a las mismas;
Que el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 92 y 1°, de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 6 de 1963, por la cantidad de $ 1.210.713.00, a fin de amparar las traslaciones propuesta por el Ministerio de Fomento en su presupuesto de funcionamiento;
Que el Consejo de Ministros ha impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y
Qué se han observado las normas legales requeridas para esta clase traslados,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1963:
AQUÍ PDF DIARIO 31064 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 6 Y 7.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá D. E., a 4 de abril de 1963.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Sanz de Santamaría.
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