Por el cual se crea el puesto de Cirujano Dentista de la guarnición de esta plaza, ad honorem

Rango Decreto
Publicación 1905-01-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Art. 1.° Créase el puesto de Cirujano Dentista de la guarnición de esta ciudad, ad honorem,
Art. 2.° La Comandancia en Jefe reglamentará la hora á que el dentista deba concurrir en cada cuartel, para que estén listos los militares que lo necesiten; y ordenará que se cumpla la dieta prescrita en cada caso, eximiendo de servicio al paciente por el tiempo que indique la respectiva receta ó certificado.
Art. 3.° Por la Subsecretaría se darán al Cirujano Dentista los útiles de escritorio que vaya necesitando.
Art. 4.° Nómbrase para tal puesto al Sr. Dr. D. Daniel Angulo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 27 de Agosto de 1904,

R. REYES

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Guerra,

CARLOS CUERVO MARQUEZ

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