Por el cual se destina una suma en bonos colombianos de deuda interna para una obra pública

Rango Decreto
Publicación 1920-04-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

decreta:

Artículo 1° Auxíliase con la suma de treinta mil pesos 30,000) en bonos colombianos de-deuda Interna, la obra de la carretera entre Pasto e Ipiales, pasando por Tagua, El Capulí y San Juan.
Artículo 2° Por los Ministerios de Obras Públicas y del Tesoro se dictarán las medidas conducentes a la entrega e inversión de tales fondos con sujeción a las disposiciones fiscales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Ipiales a 3 de abril de 1920.

MARCO FIDEL SUARÉZ-El Ministro de Obras Publicas, Esteban JARAMILLO

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