Por el cual se crea una plaza en el ramo de telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1930-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Créase una plaza de Ayudante para la Oficina Postal y Telegráfica de Viotá (Cundinamarca), con la asignación mensual de sesenta pesos ($ 60).
Artículo 2° Nómbrase para desempeñar la plaza de Ayudante de la Oficina Postal y Telegráfica de Viotá (Cundinamarca), que se crea por el artículo anterior, a la señora Dolores de Delgado.
Artículo 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se tomará del ahorro hecho por Decreto número 501, de fecha 26 de marzo del presente año, por el cual se suprimen unas Oficinas Telegráficas de traslación, y se crean otras intermedias, y se imputará al artículo 672, capítulo 54, del Presupuesto vigente.
Artículo 4° Este Decreto principiará a regir desde el día 15 de los corrientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de mayo de 1930.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Ismael Enrique ARCINIEGAS,

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