por el cual se da una autorización

Rango Decreto
Publicación 1938-05-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Autorízase al Jefe del Departamento de Agricultura para establecer campos de demostración y de producción de semillas de algodón en las regiones del país que, a juicio de la Comisión Técnica del Cultivo del Algodón, sean necesarios para fomentarlo y facilitar a los agricultores semillas en condiciones apropiadas para mantener la buena calidad de la fibra y el mejor rendimiento de las cosechas.
Artículo segundo. El personal encargado de dirigir y administrar los campos de demostración y de producción de semilas de que trata el artículo anterior, se pagará por jornales, previa presentación de las planillas respectivas visadas por el Jefe del Departamento por el Agronomo Nacional, o por el Alcalde del Distrito respectivo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de abril de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Marco Aurelio ARANGO

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