Por el cual se ordena la impresión de una obra en la Imprenta Nacional

Rango Decreto
Publicación 1941-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el Decreto legislativo número 1043 de 1940, y vista la solicitud del Comité Organizador del IV Congreso Sudamericano de Ferrocarriles,

DECRETA:

Artículo único. La imprenta Nacional hará una edición de las actas y trabajos del IV Congreso Sudamericano de Ferrocarriles, reunido recientemente en la capital de la República.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de abril de 1941

El Ministro de Gobierno,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

GonzaloRESTREPO

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