Por el cual se crea una plaza en el ramo de telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1930-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Créase una plaza de Ayudante para la Oficina Postal y Telegráfica de Guatavita (Cundinamarca), con la asignación mensual de cincuenta y cinco pesos ($ 55).
Artículo 2° Nómbrase para desempeñar la plaza de Ayudante de la Oficina Postal y Telegráfica de Guatavita (Cundinamarca), que se crea por el artículo anterior, a la señorita Elena María Martínez D.
Artículo 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se tomará del ahorro hecho por Decreto número 635, de fecha 22 de abril del presente, año, por el cual se suprime la plaza de Telefonista Copista de la Oficina Telegráfica de Mariquita (Tolima) y se imputará al artículo 672, capitulo 54, del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 4° Este Decreto principiará a regir desde el día lo de los corrientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de mayo de 1930.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Ismael Enrique ARCINIEGAS

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