Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el Juzgado Nacional de Ejecuciones Fiscales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales y en especial de la que le confiere el artículo 209 de la Carta,
DECRETA:
Artículo único. A partir del primero (1°) de marzo de 1948 el personal y asignaciones del Juzgado Nacional de Ejecuciones Fiscales será el siguiente:
| 1 Juez | con | 450.00 | mensuales. |
|---|---|---|---|
| 1 Secretario | " | 300.00 | " |
| 1 Sustanciador | " | 250.00 | " |
| 1 Mecanógrafa 2ª | " | 200.00 | " |
| 1 Mecanógrafa 3ª | " | 160.00 | " |
| 1 Portero Archivero | " | 120.00 | " |
| 2 Citadores, cada uno | " | 100.00 | " |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
Digitó: CC1.023.904.092
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