Por el cual se aumenta la partida para útiles de escritorio de dos administraciones subalternas de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Auméntase a treinta pesos ($ 30) y a tres pesos cincuenta centavos (3 3-50) las partidas para útiles de escritorio de las Administraciones Subalternas de Correos de Girardot y Paipa, respectivamente, desde el primero (1°) del presente mes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de abril de 1920.
Por delegación del señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)