POR EL CUAL SE ESTABLECE EL PREMIO “GENERAL CORDOBA” PARA LA ESCUELA MILITAR
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Establécese en la Escuela Militar un premio anual denominado General Córdoba, destinado a recompensar al Cadete que más se haya distinguido en el estudio de táctica durante las tareas del curso general.
Artículo 2° El premio consistirá en una espada o sable con inscripción en la hoja, que diga premio General Córdoba. Llevará además grabado en la empañadura el nombre del agraciado y la fecha de la adjudicación.
Artículo 3° El premio General Córdoba se adjudicará a tiempo en que le sea conferido el grado de Alférez al agraciado, y le será entregado en sesión solemne por el Ministro de Guerra.
Artículo 4° El costo que demande el premio creado por este decreto se incluirá entre los gastos de material de la Escuela Militar.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Fusagasugá a 10 de abril de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Guerra,
CARLOS URIBE GAVIRIA.
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