Por el cual se cambia la ubicación de la Granja-Escuela de Cacao, de Antioquia

Rango Decreto
Publicación 1940-04-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales , y

CONSIDERANDO

Que por Decreto número 2089, de fecha 30 de octubre último, se creó, entre otras, la Granja - Escuela de fomentos y defensa del cultivo del cacao en el Municipio de Dabciba, Departamento de Antioquia; y

Que la Gobernación de Antioquia, después de un estudio técnico y económico de las distintas zonas cacaolaleras, ha llegado a la conclusión de que la Granja - Escuela debe instalarse en la región de Urabá, para lo cual se compromete a atenderla directamente por medio de los Agrónomos departamentales que están bajo la dependencia de la Sección de Agricultura de aquel Departamento.

decreta:

Artículo único. Refórmase el Decreto número 2089 de 1939, en el sentido de fijar como región para la fundación y funcionamiento de la Granja - Escuela de Cacao, en el Departamento de Antioquia, el Municipio de Turbo, y encargarse a la Gobernación de aquel Departamento para administrar directamente dicha Granja por medio de los empleados de su dependincia y en colaboración con el Ministerio de la Economía Nacional.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de abril de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional,

Jorge GARTNER

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