Por el cual se suprimen unas oficinas judiciales y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución nacional, y
considerando:
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional;
Que se han efectuado variaciones en la división política de los Departamentos de Cundinamarca y Boyacá.
Decreta:
Artículo primero A partir del primero (1°) de abril del año en curso suprímense los Juzgados Municipales que ha continuación se indican:
- a) Los de los Municipios de Chámeza y Recetor cuyo territorio fue incorporado al Municipio de Pajarito (Boyacá).
- b) El del Municipio de Ten cuyo territorio fue incorporado al municipio de Tamara (Boyacá).
- c) El del Municipio de Chíquiza cuyo territorio fue incorporado al municipio de Tunja (Boyacá).
- d) El del Municipio de Nariño cuyo territorio fue incorporado al Municipio de Girardot (Cundinamarca).
Artículo segundo. Trasládase el Juzgado Municipal de Manare al sitio llamado Hato Corozal, nombre con el cual seguirá figurando.
Artículo tercero. El Juzgado del Circuito creado por decreto numero 2837 de 1956, en el Municipio de Ibagué, conocerá de los asuntos civiles y no de los penales como allí se dijo.
Artículo cuarto. Los negocios pendientes, el archivo y los elementos de los Juzgados suprimidos pasarán a aquellos que continúan ejerciendo la jurisdicción en el respectivo territorio.
Artículo sexto. Este Decreto rige a partir del diez y seis (16) de abril del año en curso, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 13 de abril de 1957.
General Jefe Supremo, GUSTAVO ROJAS PINILLA.
Presidente de Colombia
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Jose Manuel Rivas Sacconi.
El Ministro de Justicia,
Luis Carlos Giraldo M.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
El Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Gobierno,
Mayor General, Gabriel ParisG.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Jesus María Arias.
El Ministro de Trabajo,
Carlos A Torres Poveda.
El Ministro de Salud Pública,
Carlos Márquez Villegas.
El Ministro de Fomento,
Teniente Coronel, Mariano Ospina Navia.
El Ministro de Minas y Petróleos
Francisco Puyana Menéndez.
El Ministro de Educación Nacional,
Josefina Valencia de Hubach.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General Pedro A. Muñoz.
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.
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