por el cual se deroga un Decreto de carácter legislativo
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
CONSIDERANDO:
Que han variado las circunstancias militares que hicieron necesaria pura la unidad de mando la acumulación en el Ministerio de Guerra de la autoridad y las facultades del Gobernador, Jefe Civil y Militar de Cundinamarca,
DECRETA:
Art. 1.° Derógase el Decreto número 353, de carácter legislativo, expedido el 28 de Marzo del presente año.
El Gobierno hará el nombramiento del Gobernador que deba entrar inmediatamente en ejercicio.
Art. 2 ° El Cuerpo de Policía Nacional continuará bajo la dirección inmediata del Sr. Ministro de Guerra,
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 27 de Junio de 1901.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
Guillermo Quintero C
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Antonio José Uribe.
El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Hacienda,
Miguel Abadía Méndez
El Ministro de Guerra,
Ramón González Valencia.
El Subsecretario del Ministerio del Tesoro, encargado del Despacho,
José M. CordobésM.
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