por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1946-03-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 6 de marzo del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito-Público para, efectuar, unos traslados, dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vidente:

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 74

Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de marzo de 1946.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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