Por el cual se destinan unas sumas para auxiliar restaurantes escolares

Rango Decreto
Publicación 1936-06-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida apropiada en el capítulo 50, artículo 295, del Presupuesto de la vigencia en curso destíñanse las siguientes sumas para auxiliar en el presente año los restaurantes escolares que a continuación se expresan:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de abril de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

DaríoECHANDIA

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