Por el cual se concede una franquicia postal

Rango Decreto
Publicación 1920-04-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Concédese franquicia postal a la Sociedad de Mejoras Públicas de Medellín, de acuerdo con las prescripciones sobre la materia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de abril de 1920.

Por delegación del señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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