Por el cual se adiciona el articulo 3º del Decreto 436 de febrero 15 de 1983
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º Adiciónase la Comisión integrada en el artículo 3º del Decreto 436 de febrero 15 de 1983, con:
- El Ministro de Comunicaciones.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 12 de marzo de 1985.
BELISARIO BETANCUR
La Ministra de Educación Nacional,
Doris Eder De Zambrano,
La Ministra de Comunicaciones,
Noemi Sanin Posada.
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