Por el cual se ordena editar un folleto en la Imprenta Nacional

Rango Decreto
Publicación 1949-03-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y vista la solicitud de la Registraduría Nacional del Estado Civil,

DECRETA:

Articulo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se editará un folleto titulado "Compilación Electoral", en número de 3.000 ejemplares, bajo la dirección de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Parágrafo. El papel y cartulina necesarios se adquirirán con cargo a la apropiación para gastos del ramo Electoral. (Capítulo 3°, artículo 27-bis).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de marzo de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.

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