por el cual se aprueba una reforma de los estatutos de la Compañia de Financiamiento Comercial de Promociones S. A., PRONTA

Rango Decreto
Publicación 1987-04-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos 1050 y 3130 de 1968 y con base en lo ordenado en el Decreto 311 de 1987,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase la reforma del artículo 14 de los estatutos de la Compañía de Financiamiento Comercial de Promociones S. A., PRONTA, adoptada por la Junta Directiva en sesión del 5 de marzo de 1987, según consta en el Acta número 435, cuyo texto es el siguiente:

El artículo 14de los estatutos de la compañía quedará así:

"Artículo catorce. NOMBRAMIENTO Y POSESION. Los miembros de la Junta Directiva serán nombrados y removidos según lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto 2920 de octubre 3 de 1982 y el Decreto reglamentario número 400 de 1986, modificado en su artículo 1º por el Decreto 311 de 1987.

Se posesionarán ante el Superintendente Bancario y solamente quedarán relevados de sus funciones cuando su reemplazo se posesione ante el Superintendente Bancario y asuma funciones en calidad de principal. Su período será de dos años, contados a partir de la fecha de su posesión.

De conformidad con las normas mencionadas, que se aplicarán íntegramente, la Junta se compone de cinco (5) miembros, con sus suplentes personales, así:

Los representantes del Presidente de la República y de los Ministros atrás indicados son de libre nombramiento y remoción.

Artículo 2º Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de abril de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

César Gaviria Trujillo.

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