Por el cual se hacen varias traslaciones en el presupuesto de gastos de 1907
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades. legales,
decreta:
Artículo 1.° Trasládense en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1907 las partidas siguientes, deducidas de las imputaciones respectivas :
AQUI PDF DIARIO OFICIAL 13006 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.
Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones :
AQUI PDF DIARIO OFICIAL 13006 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.
Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sui libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 25 de Junio de 1907.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
tobias VALENZUELA
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