Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1978-05-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus 'facultades legales,

Decreta:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 5 del 6 de abril de 1978 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 5 DE 1978

(abril 6)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

Considerando:

acuerda:

Artículo 1° Autorizar a la Gerencia de la. Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café, constituya en el Baneo 1 Cafetero un depósito de $ 20.000.000, para que el Banco lo administre con un contrato fiduciario y pueda, bajo condiciones comerciales y, con las debidas garantías, financiar a las firmas especializadas en aerofotografía y aerofotogrametría, que indique la Federación, hasta el 80% del costo de adquisición ele los equipos y aviones necesarios para las tareas del Censo Cafetero Nacional.
Artículo 2° Las financiaciones que se hagan con cargo al depósito a que se refiere el artículo anterior tendrán un plazo hasta de 3 años, amortización en cuotas- semestrales iguales, intereses anuales corrientes del 20% y deberán ser respaldadas mediante prenda y seguro de los respectivos equipos.
Artículo 3° Someter el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Dado en Bogotá, D. E., a los seis (6) días del mes de abril de mil novecientos setenta y ocho (1978).

El Presidente,

(fdo.), José María Patiño Sanz.

El Secretario,

(fdo.), José Fernando Jaramillo H

Artículo 2° El presente Decreto rige., desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de abril de 1978.

Alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Guillermo Mojica Duarte.

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