Por el cual se incorpora un cargo en el Ministerio de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1961-04-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de .Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos 6550 y 1650 de 1960,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase el Decreto 557 de 1961, "por medio del cual se establece, en forma parcial, el personal del Ministerio de Obras Públicas y se dictan itras disposiciones", y se incorpora dentro de la Nomenclatura y Escala de Sueldos adoptadas por el Decreto 1678 de 1960, el siguiente cargo en el Ministerio de Obras Públicas:

Rama Técnica.

Ingeniero IV, grado 13.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E" a 5 de abril de 1961.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa. - El Ministro de Obras Públicas, Misael Pastrana Borrero. - Francisco Tafur Morales, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

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