Por el cual se crea una plaza en el Ramo telegráfico

Rango Decreto
Publicación 1904-09-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Créase la plaza de Visitador Fiscal de las Oficinas telegráficas de la República y comisionado de la Dirección general del Ramo para recibir las líneas telegráficas que se hayan construido y que se construyan, con la asignación mensual de $ 80 oro y con derecho al auxilio de $ 0-50 por cada legua que recorra en ejercicio de sus funciones.

Parágrafo. Por la Dirección general de Correos y Telégrafos ge designará la persona que deba ocupar dicha plaza.

Dado en Bogotá, á 14 de Septiembre de 1904.

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

BONIFACIO VELEZ

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