Por el cual se aumentan las partidas para útiles de escritorio en algunas oficinas de Correos
El Presidente de la República, de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Desde el 1 del presente mes auméntase a un peso cincuenta centavos ($ 1-50) las partidas destinadas para útiles de escritorio en las Administraciones Subalternas de Correos de Caloto, Bordo y Silvia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de abril de 1920.
Por delegación del señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Luis Cuervo MARQUEZ.
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