Sobre ordenación de gastos en la carretera Bogotá - Fusagasugá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. En adelante la ordenación de los gastos que exijan los trabajos de la carretera Bogotá-Fusagasugá, en el trayecto de Bogotá-San Miguel, se hará por el ingeniero encargado de verificar el empalme de la misma carretera, señor Víctor Jiménez Suárez. En la sección San Miguel-Fusagasugá, cumplirá la misma formalidad el señor ingeniero Roberto Ballesteros.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 25 de abril de 1928
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas;
Sotero PEÑUELA
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