Por el cual se modifica el Decreto número 1348, de 27 junio de 1939

Rango Decreto
Publicación 1940-04-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Autorízase al Contralor General de la República para que, a su juicio, acepte fianzas personales a aquellos empleados de manejo de los ramos de Hacienda Nacional y de Correos y Telégrafos, cuyos sueldos sean menores de cien pesos, y siempre que la cuantía de las fianzas no pase de mil pesos.

El presente decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de abril de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

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