Por el cual se traslada la Escuela-Hogar para Campesinas, de Quetame, al Municipio de Pasca
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Que desde 1953 viene funcionando en el Municipio de Quetame una Escuela-Hogar para Campesinas en un local que carece de las condiciones higiénicas y pedagógicas más elementales;
Que en el transcurso de cinco años las autoridades civiles municipales no han prestado ninguna colaboración para la solución de los graves problemas educativos;
Que el personal de alumnas de esa Escuela es casi en su totalidad de otras regiones, porque los vecinos no tienen interés en educar sus hijas en ese plantel, y
Que la Parroquia de Pasca ofrece un local que reúne condiciones higiénicas y pedagógicas excelentes, con varias hectáreas de terreno fértil, agua abundante y planta hidráulica propia, el cual tiene una capacidad para 100 alumnas internas.
DECRETA:
Artículo primero. Trasladase al Municipio de pasca, con el nombre de "Escuela-Hogar Gabriela Mistral", la Escuela-Hogar que funciona en el Municipio de Quetame.
Artículo segundo. Para que este traslado sea efectivo es indispensable el contrato de comodato de la Parroquia con el Ministerio de Educación, por el término convenido entre las dos partes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de marzo de 1959.
ALBERTO LLERAS.
Ministro de Educación Nacional.
Reinaldo Muñoz Zambrano,
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