Por el cual se dispone la ejecución del trazado de la vía Soatá -Onzaga
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° Bajo la inmediata dependencia del Ministerio de Obras Públicas, crease una Comisión de ingenieros encargada de la ejecución del trazado de la vía nacional Soatá-Onzaga, compuesta del siguiente personal y con las asignaciones mensuales que se expresan:
| Un Ingeniero Jefe; con | $ 330 |
|---|---|
| Un Ingeniero primer Ayudante, con | 200 |
| Un Ingeniero segundo Ayudante, con | 200 |
| Un Ingeniero tercer Ayudante, con | 150 |
Artículo 2.° Para desempeñar los cargos a que se refiere el artículo anterior, hácense los siguientes nombramientos:
Ingeniero Jefe, señor Eduardo Segura Archila.
Ingeniero primer Ayudante, señor Carlos Torres.
Ingeniero segundo Ayudante, señor Eusebio Domínguez.
Ingeniero tercer Ayudante, señor Ismael Figueroa.
Artículo 3.° El manejo de los fondos indispensables para los gastos de la Comisión, estará a cargo del Cajero nombrado por la Gobernación de Boyacá para la misma vía, señor Lucas Meléndez, con la garantía de la fianza que tiene otorgada a favor del Tesoro Nacional.
Artículo 4.° Los fondos para estos trabajos se tomaran de la partida apropiada en el artículo 844, capítulo 125, del Presupuesto en curso.
Artículo 5.° Queda así reformado el Decreto número 60 de 13 de enero último.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de abril de 1928
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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