Por el cual se traslada una partida en el presupuesto de gastos del año de 1906
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1906, del artículo 227 del Departamento de Hacienda al artículo 235 bis, la cantidad de dos mil quinientos pesos ($ 2,500) con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO DEPARTAMENTO DE HACIENDA
Servicio de 1906
CAPITULO 31
Gastos varios.
| Artículo 235 bis. Para pagar el señor Esteban Verdú y Gallo, según contrato el valor de la indemnización que se le reconoce por la clausura de la fábrica de cigarrillos denominada El Rey del Mundo | $2,500 |
|---|---|
Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que dé lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 27 de Junio de 1906.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
JOSÉ M. CORDOBES M.
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