Por el cual se aclaran los artículos 11 y 9° de los Decretos leyes números 2418 y 2419 de 1970

Rango Decreto
Publicación 1972-05-19
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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por el cual se aclaran los Artículos 11 y 9º de lo Decretos-Leyes Nos. 2418 y 2419 de 1970.

El Presidente de la República de Colombia.

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 7º de 1970.

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Aclàranse los artículos 11 y 9º de los Decretos Leyes Nos 2418 y 2419 de 1970, respectivamente, en el sentido de que las asignaciones de retiro y pensiones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y de los Agentes, no se causan por cantidades establos sino en forma oscilante, tomando como base la fluctuación de las asignaciones de actividad vigentes en todo tiempo para cada grado, incluyendo únicamente las partidas en los artículos 115, 93 y 54 de los Decretos Leyes Nos. 3071, 3072 y 3187 de 1986, respectivamente.

PARÁGRAFO. La Prima de Estado Mayor de Oficial Diplomado en Academia Superior de la Policía, se incluirá en la liquidación de las prestaciones sociales de los Oficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, retirados a partir de la vigencia de so Decretos-Leyes 3071 y 3072 de 1968.

ARTÍCULO 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de vigencia de los Decretos Nos. 2418 y 2419 de 1970.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá D.E. a 6 de mayo de 1971.

(Fdo) MISAEL PASTRANA BORRERO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Rosselli, El Ministro de Defensa Nacional, Mayor GENERAL Hernando Currea

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