Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 6 de 1944, dictado por el Consejo Comisarial del Amazonas

Rango Decreto
Publicación 1944-04-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Primer Designado, Encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA :

Artículo único. Apruébase, con modificaciones, el siguiente Acuerdo :

"ACUERDO NUMERO 6 DE 1944 (FEBRERO 15)

por el cual se fija el personal de empleados y sus asignaciones mi la Comisaría Especial del Amazonas, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de abril de 1944 y el 31 de marzo de 1945.

El Consejo Comisarial del Amazonas,

en uso de sus atribuciones,

ACUERDA :

Artículo 1° Fíjase el personal de empleados y sus asignaciones en la Comisaría Especial del Anrazonas, para la vigencia fiscal del 1° de abril de 1944 a 31 de marzo de 1945, así :

DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

Despacho Comisarial.
Un Comisario Especial $ 450.00
Un Secretario General, a 280.00 280.00
Un Oficial Mayor, a 180.00 180.00
Un Escribiente, a $ 70.00 70.00
Un Portero y Timonel de la lancha "Presidente López", a 50.00 50.00
Un Celador del Casino Comisarial, a 35.00 35.00

CORREGIDORES

Sobresueldos.
Del Corregidor de Atacuarí, a 50.00
Del Corregidor de Araracuara, a 50.00
Del Corregidor de Buenosaires, a 50.00
Del Corregidor de El Encanto, a 50.00
Del Corregidor de La Chorrera, a 50.00
Del Corregidor de La Pedrera, a 50.00
Del Corregidor de La Tagua, a 50.00
Del Corregidor de Mirití-Paraná, a 50.00
Del Corregidor de Puerto Leguísamo, a 50.00
Del Corregidor de Santa Clara, a 50.00

SECRETARIOS

Sueldos.
Del Corregidor de Araracuara, a 40.00
Del Corregidor de La Pedrera, a 40.00
Del Corregidor de La Tagua, a 40.00
Del Corregidor de Puerto Leguísamo, a 40.00

INSPECCION DE POLICIA DE LETICIA

Sobresueldos.
Del Comandante e Inspector de Policía, a 30.00
Del Alférez Secretario de la Inspección, a 20.00

JUSTICIA

Sueldos.
Del Juez Territorial, a 230.00
Del Secretario del Juzgado, a 110.00
Del Portero del Juzgado, a 50.00

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Sueldos.
Del Contador Pagador, a 220.00
Del Celador de Caja, a 35.00
Del Auditor Fiscal, a 280.00
Del Secretario Contador de la Auditoría, a 150.00

DEPARTAMENTO DE EDUCACION

Maestros.
De la Maestra de la Escuela de La Tagua, a 70.00
De la Maestra de la Escuela de Santa Fe, a 70.00
De la Maestra de la Escuela F. J. Caldas, a 70.00

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS

Sueldos.
Del Jefe Mecánico de la planta eléctrica, a 140.00
Del Ayudante de la planta eléctrica, a 70.00
Del Motorista de la lancha "Presidente López", a 80 00
Del Jefe de los chircales, a 80.00
Sobresueldo.
Del Oficial del Ejército que presta sus servicios de Ingeniero Comisarial, a 150.00

DEPARTAMENTO DE ALMACEN Y PROVISIONES

Sueldos.
Del Almacenista General, a 130 00
Del Celador del Almacén, a 40.00
Del Despachador y Conductor de carga de la Comisaría, a 90.00

Este Acuerdo regirá desde su aprobación por el Organo Ejecutivo Nacional.

Dado en Leticia, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y cuatro.

El Presidente del Consejo Comisarial (firmado), Guillermo Arciniegas U., Secretario Encargado de la Comisaría-El Secretario del Consejo (firmado), Ismael Bahamón H."

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1944.

DARIO ECHANDIA

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS

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