Por el cual se reorganiza la Administración de Hacienda del circuito Nacional de Antioquia en Medellín
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en el Departamento de Antioquia no hay más Administración de Hacienda nacional que la de Medellín, motivo por el cual se ha aumentado en ella considerablemente el trabajo;
Que es de imperiosa necesidad que el Gobierno preste su apoyo á la importante industria minera, ramo que se ha adscrito á dicha Oficina,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el empleo de Oficial encargado del ramo de minas en la Administración de Hacienda nacional de Medellín.
Artículo 2°. Adscríbense al Administrador de Hacienda nacional de Medellín las funciones de Inspector de Bancos.
Artículo 3°. El Administrador de Hacienda nacional cuidará de que se hagan efectivos á su vencimiento los pagos por derechos de importación que están radicados en la capital del mismo Departamento y de que se dé aviso oportuno de los recaudos al Banco Central y á la Tesorería general de la República.
Artículo 4°. El personal y asignaciones mensuales de dicha Administración serán los siguientes:
| El Administrador, con | $ | 150 |
|---|---|---|
| El Contador Tenedor de libros, con | 80 | |
| El Cajero | 75 | |
| El Oficial encargado del Ramo de minas | 70 | |
| El Oficial Escribiente | 50 | |
| El Portero | 25 |
Artículo 5°. El Administrador, el Contador y el Cajero serán los mismos que fueron nombrados por Decreto número 373 de fecha 25 de Marzo de 1907.
Artículo 6°. Nómbrese para desempeñar los puestos de Oficial encargado del Ramo de Minas, Escribiente y Portero de dicha Oficina a los señores Ricardo E. Toro, Juan B. Bravo y Joaquín Isaza, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 17 de Julio de 19908.
B. REYES
El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho,
B. Sanin Cano
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