Por el cual se crea un empleo en el Ramo Postal

Rango Decreto
Publicación 1905-07-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo único. Créase en la Sección 15.a, Resguardo de la Dirección general de Correos y Telégrafos, una plaza más de Guarda, con la asignación mensual de que disfrutan los demás de su clase.

Parágrafo. Este Decreto surte sus efectos desde hoy.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 7 de Julio de 1905.

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

BonifacioVelez

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