Por el cual se aprueba el presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría de Arauca para el periodo fiscal de 1926

Rango Decreto
Publicación 1926-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 561 de 1941, "por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario de la vigencia fiscal en curso", el Gobierno está facultado para distribuír la suma de un millón quinientos mil pesos ($ l'500.000), apropiada en el artículo 1277-A para la construcción de las carreteras de que trata la Ley 67 de 1940,

DECRETA:

Artículo único. De la partida asignada en el artículo 1277-A del Presupuesto extraordinario de la vigencia fiscal en curso, se destinan las siguientes sumas para las carreteras que se expresan a continuación:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de abril de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Obras Públicas,

José GOMEZ PINZON

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.