Por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (Ferrocarril del Magdalena)

Rango Decreto
Publicación 1953-04-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia, de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Con cargo al Capítulo 119, artículo 1847 del Presupuesto fiscal de la presente vigencia, para la administración del Ferrocarril del Magdalena. Créanse los siguientes cargos dependientes del Ministerio de Obras Públicas:
Un (1) Secretario $ 700.00
Un (1) Contador 450.00
Un (1) Mecanógrafa 280.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de marzo de 1953.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ.

El Ministro de Obras Públicas,

Jorge Leiva.

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