por medio del cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores

Rango Decreto
Publicación 1995-05-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en use de lass facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política el literal a) del artículo 8º del Decreto 1950 de 1973 y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º.Suprímense en la planta interna del Ministerio de Relaciones Exrteriores los siguientes cargos.
No. Cargos Dependencia y Denominación del cargo No. Cargos Dependencia y Denominación del cargo Código Grado
Secretaría General-Planta Global
Profesional Especializado Profesional Especializado 3010 16
Profesional Especializado Profesional Especializado 3010 14
Profesional Universitario Profesional Universitario 3020 13
Profesional Universitario Profesional Universitario 3020 07
Secretario Ejecutivo Secretario Ejecutivo 5040 13
Artículo 2º. Créanse en la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes cargos;
No. Cargos Dependencia y Denominación del cargo No. Cargos Dependencia y Denominación del cargo Código Código Grado
Despacho Ministro de Relaciones Exteriores
Técnico Administrativo 4065 4065 11 11
Técnico Administrativo 4065 4065 14 14
Técnico Administrativo 4065 4065 15 15
Auxiliar Administrativo 5120 5120 20 20
Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores
Técnico Administrativo 4065 4065 11 11
Técnico Administrativo 4065 4065 15 15
Despacho del Viceministro de América y Soberanía Territorial
Técnico Administrativo 4065 4065 11 11
Técnico Administrativo 4065 4065 15 15
Despacho del Viceministro de Europa, Asia África y Oceanía
Técnico Administrativo 4065 4065 11 11
Técnico Administrativo 4065 4065 15 15
Despacho del Secretario General
Técnico Administrativo 4065 4065 11 11
Auxiliar Administrativo 5120 5120 14 14
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y se adiciona al Decreto 609 de marzo de 31 de 1993.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 8 de mayo de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Rodrigo Pardo García-Peña.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.