Por el cual se delega una facultad a los Gobernadores de los Departamentos del Cauca, Santander y Tolima
El Vicepresidente de la República Encargado del Poder Ejecutivo,
DECRETA:
Artículo único. Delegase á los Gobernadores de los Departamentos del Cauca, Santander y Tolima, la facultad de nombrar Jueces suplentes e interinos, sometiendo los nombramientos á la aprobación del Gobierno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 27 de marzo de 1893.
M.A.CARO.
El Ministro de Justicia,
Emilio Ruiz Barreto.
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