Adicional al marcado con el número 487, de 18 de Mayo de 1904, sobre empleados de la Imprenta Nacional
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo único. Auméntase el personal de la Imprenta Nacional con:
| Cuatro Cajistas de 2.ª clase, cada uno, mensuales | $ | 17 |
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| Dos peones cada uno, mensuales | 12 | |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 15 de Septiembre de 1904. R. REYES El Ministro de Gobierno, BONIFACIO VELEZ | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 15 de Septiembre de 1904. R. REYES El Ministro de Gobierno, BONIFACIO VELEZ | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, á 15 de Septiembre de 1904. R. REYES El Ministro de Gobierno, BONIFACIO VELEZ |
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