Por el cual se establece una plaza de distribuidor en la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Establécese una plaza de distribuidor en la Imprenta Nacional, por el término de un mes y con la asignación de los de su clase.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de julio de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.