Por el cual se señalan el personal y asignaciones de los empleados subalternos del Consejo de Estado y de las Fiscalías de los mismos

Rango Decreto
Publicación 1950-03-21
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando:

Que por Decreto numero 4120 de 1949 (diciembre 29) se aumento a diez el número de los Consejeros de Estado y se dividió este en dos Salas;

Que por el citado Decreto se creo también la Fiscalía del Consejo de Estado, y

Que, por lo anteriormente dicho, es indispensable el aumento del personal subalterno del Consejo de Estado y de las Fiscalías del mismo, así como el señalamiento de las asignaciones correspondientes,

decreta:

Articulo 1º El personal subalterno del Consejo de Estado y las asignaciones mensuales del mismo, quedaran así:
Un Secretario de la Sala de lo Contencioso Administrativo y del Consejo Pleno $ 600.00
Un Secretario de la Sala de Negocios Generales 550.00
Un Relator 600.00
Tres Oficiales Mayores, a $ 380 cada uno 1.140.00
Diez Auxiliares, a $ 330 cada uno 3.300.00
Tres Oficiales Escribientes, a $ 330 cada uno 990.00
Un Archivero 320.00
Un Oficial de Recibo 300.00
Un Chofer de Segunda 200.00
Un Portero 200.00
Articulo 2º El personal subalterno de la Fiscalía Primera del Consejo de Estado y las asignaciones mensuales correspondientes quedaran así:
Un Secretario $ 550.00
Un Oficial Escribiente 320.00
Artículo 3º El personal subalterno de la Fiscalía segunda del consejo de Estado y las asignaciones mensuales correspondientes quedarán así:
Un Secretario $ 550.00
Un Oficial Escribiente 320.00
Articulo 4º Suprímanse los cargos de Abogado Auxiliar y de Oficial Mayor de las Fiscalías del Consejo de Estado.
Articulo 5º Por el Ministerio de Hacienda se harán las apropiaciones y traslados necesarios para dar cumplimiento a este Decreto.
Articulo 6º Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 3 de marzo de 1950

MARIANO OSPINA PEREZ.

El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade- El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Justicia, Evaristo Sourdis.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Ministerio de Minas y Petróleos, Hernan Jaramillo Ocampo.-El Ministro de Guerra, Teniente General Rafael Sanchez Amaya.-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.-El Ministro del Trabajo, Victor G. Ricardo.-El Ministro de Higiene, Jorge Cavelier.- El Ministro de Comercio e Industrias, Cesar Tulio Delgado.-El Ministro de Educación Nacional, Manuel Mosquera Garces.-El Ministro de Correos y Telégrafos, General Gustavo Rojas Pinilla.-El Ministro de Obras Públicas, Victor Archila Briceño.

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