Por el cual se traslada de un Ministerio a otro un crédito del presupuesto de gastos

Rango Decreto
Publicación 1888-10-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

Que ha sido adscrito al Ministerio de Tesoro lo relativo á suministros, empréstitos y expropiaciones, en virtud de lo cual ha pasado el Oficial Mayor del Ministerio de Guerra al del Tesoro,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos para el bienio en curso, del Departamento de Guerra, capítulo 50, artículo 235, 2.°, al Departamento del Tesoro, capítulo 68, artículo 293, 7.°, para pagar el sueldo del Oficial Mayor, á $ 1,800 anuales, el saldo de $ 784-10.

En la Sección de contabilidad del Ministerio de Guerra se contracreditará la partida en referencia, y en la del Ministerio del Tesoro se abrirá la cuenta respectiva.

Dado en Bogotá, á 6 de Septiembre de 1888.

CARLOS HOLGUÍN.

El Ministro del Tesoro,

Carlos Martínez Silva.

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