por el cual se reforma el de 12 de Abril del presente año, número 418
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades constitucionales
decreta
Artículo único. Autorízase á la Junta de Amortización para que fije los días en que duba reunirse y nombre los empleados que estime necesarios al buen servicio de sus labores, asignándoles los respectivos sueldos.
Queda así reformado el Decreto número 418, de 12 de Abril último,
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 3 de Julio de 1901
José Manuel MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno, Guillermo Quintero C.-El Ministro de Relaciona Exteriores, Antonio José Uribe. El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Hacienda, Miguel Abadía Méndez. - El Ministro de Guerra, Ramón González Valencia. El Subsecretario del Tesoro, encargado del Despacho, José M. Cordovez M.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.